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Con la constitución de 1821 los súbditos se convirtieron en ciudadanos colombianos, con derechos y deberes, como base y fundamento de una nueva cultura política.

Son colombianos:

1.º Todos los hombres libres nacidos en el territorio de Colombia y los hijos de éstos

2.º Los que estaban radicados en Colombia al tiempo de su transformación política, con tal que permanezcan fieles a la causa de la Independencia

3.º Los no nacidos en Colombia que obtengan carta de naturaleza  (Artículo 4º) .

Como deberes, los colombianos debían estar sometidos a la Constitución y a las leyes; respetar y obedecer a las autoridades; contribuir a los gastos públicos; y estar dispuestos “en todo tiempo a servir y defender a la Patria, haciéndole el sacrificio de sus bienes y de su vida, si fuere necesario” (Artículo 5º).

Sabías que…

La Constitución estableció que “el pueblo no ejercerá por sí mismo otras atribuciones de la Soberanía que la de las elecciones primarias” (Artículo 10°). El sistema electoral permitía un ejercicio activo de la ciudadanía, aunque no había voto directo como hoy día, sino indirecto (representativo) mediante asambleas electorales parroquiales y provinciales.

La Constitución de 1821 proclamaba la igualdad de los ciudadanos ante la ley. Sin embargo, en el ejercicio de los derechos establecía algunas diferencias, como era el caso de la participación en elecciones.

Para ser sufragante parroquial se necesitaba:

1.º Ser colombiano

2.º Ser casado o mayor de veinte y un años

3.º Saber leer y escribir; pero esta condición no tendrá lugar hasta el año de 1840

4.º Ser dueño de alguna propiedad raíz que alcance al valor libre de cien pesos. Suplirá este defecto el ejercitar algún oficio, profesión, comercio, o industria útil con casa o taller abierto sin dependencia de otro, en clase de jornalero o sirviente.  (Artículo 15).

Esto dejaba por fuera de la participación activa en la vida política de la República, y excluía del derecho a elegir y ser elegido, a gran parte de la población, como la mayoría de los indígenas, todos los pobres, los esclavos y todas las mujeres, que habían tenido una importante participación en las guerras de independencia.

Sabías que…

La educación fue uno de los pilares fundamentales en la formación de los ciudadanos Colombianos. Para difundir la Constitución y las instituciones republicanas, se crearon los Catecismos políticos, como el de José Grau, publicado en 1822 y destinado a las escuelas de primeras letras del departamento del Orinoco. También el Catecismo político arreglado de la Constitución de la República de Colombia de Miguel Lizarralde, publicado en Zipaquirá en 1825.

La constitución proclamaba, que el deber de la nación es “proteger por leyes sabias y equitativas la libertad, la seguridad, la propiedad y la igualdad de todos los colombianos” (Artículo 3°).

A pesar de las promesas de libertad hechas por Bolívar en las guerras de independencia, ésta tardaría en llegar para una parte de la población, los esclavos. Si bien los constituyentes reunidos en Villa del Rosario aprobaron, el 19 de julio de 1821, la Ley de Manumisión de esclavos, esta solo otorgaba la libertad de vientres, según la cual los hijos de esclavas nacidos con posterioridad a la promulgación de la ley serían libres cuando cumplieran 18 años.

En 1839, cuando debería producirse el primer ciclo de liberaciones de esclavos nacidos en 1821, esta decisión fue postergada.

Ante la ley los esclavos no fueron considerados ciudadanos y siguieron siendo una propiedad hasta la libertad decretada por la Ley de 21 de mayo de 1851, “sobre libertad de esclavos”, que entraría en vigencia el 1 de enero de 1852.

Por otro lado, el principio de la propiedad privada negaba la ancestral propiedad comunal de las tierras indígenas; de allí la disolución de los resguardos indígenas que se llevó a cabo durante gran parte del siglo XIX. Los legisladores de 1821 consideraban que las tierras comunales eran una tara del pasado colonial.

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Le dîner à Ste. Marthe (La cena en Santa Marta)
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Area misional
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