Don Fermín López y el camino del Privilegio
Carte de la Colombie et des Guyannes. (1835)
Signatura: CO.AGN.SMP.4.
Carte de la Colombie et des Guyannes. (1835) - detalle
Signatura: CO.AGN.SMP.4.
El estado del Cauca, en este mapa de Colombia de 1835, enseñaba que su capital Popayán estaba distante de su población más cercana: Cali; a su vez ésta de Buga, de Cartago, de Arma y del estado de Antioquia sucesivamente. En realidad, existían amplias zonas vacías, y en particular las localizadas en la parte septentrional aledaña a la cordillera de los Andes, es decir en los valles interandinos del río Cauca.
Para la década de 1830 y de cara al poblamiento de la República de la Nueva Granada (1831-1858)54 se retoma con fuerza la necesidad de encauzar los movimientos migratorios en los amplios espacios vacíos del territorio nacional, dejando la principal iniciativa en poder de las unidades administrativas locales, las cuales debían generar política respecto de sus tierras baldías. Las políticas a este respecto fueron objeto de atención por parte de los gobiernos federales tanto de la Confederación Granadina (1858-1863)55como de los Estados Unidos de Colombia (1863-1886)56. Por definición, las tierras baldías57 eran terrenos adjudicables que carecían de dueño, no enajenables a título de venta, ni su dominio podía adquirirse por prescripción y retornaban al Estado si no habían sido cultivadas en diez años. Además del pago de la deuda pública, los terrenos baldíos se concedían a nuevos pobladores y como compensación en la construcción de caminos o pasos de caminos.
En este contexto las autoridades caucanas, preocupadas por el desarrollo del norte de su territorio -que colindaba con el sur de la gobernación de Antioquia a partir del río Chinchiná-y aprovechando el creciente influjo migratorio -impulsado en un primer momento desde Sonsón y Abejorral-, se proponen estimular explícitamente una política de poblamiento58 basado en el régimen legal nacional de colonización y repartimiento de las tierras baldías, contenido en la Ley del 6 de mayo de 183459
Vicente Fermín López Buitrago60, colono trashumante61que nació en Rionegro en 177462, emigró hacia el sur de Antioquia en busca de oportunidades de labranza en tierra propia y se radicó en Sonsón en 1804. Atraído por los comentarios sobre la región comprendida entre los ríos Arma y Chinchiná prosiguió hacia el sur y participó en la fundación de Salamina, de la que fue juez poblador y a la vez aliado de la Concesión Aránzazu. Prontamente rompió sus relaciones con esta Concesión al darse cuenta de las inequidades contra los migrantes y se estableció en San Cancio (cerca de donde más tarde se fundó Manizales en 1849).
Muy dispuesto a alejarse de los dominios de la Concesión Aránzazu y de la Sociedad González Salazar y Cia. -con las que terminaba el territorio antioqueño- y al caer en cuenta de que el río que había cruzado en su avance era el Guacaica y no el Chinchiná -que demarcaba el inicio del Estado del Cauca-, rápidamente decidió proseguir su camino hacia el sur. Conocedor de las nuevas políticas del Departamento del Cauca, se dirigió a Cartago para demandar los recursos y el permiso para fundar un pueblo. Las autoridades caucanas le brindaron su apoyo y lo motivaron a asentarse en Cartago viejo (hoy Pereira) y en reciprocidad le exigieron a Fermín López su ―avecindamiento‖, a lo cual accedió en 1838. Sin embargo, la guerra de 183963, la dificultad selvática del lugar, su tremenda humedad y el entramado de guaduales y cañadas que dificultaban la comunicación con el mundo fuera de la montaña del Quindío, y la idea de que estaba en dominios de una nueva concesión republicana de propiedad de Francisco Pereira (otorgada en 1827), lo condujeron a devolverse sobre la ruta del norte a las inmediaciones del río San Eugenio, en un sitio en donde había dejado algunas siembras y al que denominó Santa Rosa.
El recorrido de su avance, conocido como -la ruta de Don Fermín López-64, demostró que su camino abría una comunicación alterna entre el sur de Antioquia y el Cauca por su ribera derecha, puesto que la vía tradicional había sido a lo largo del camino de Occidente en la margen izquierda. Además, verificó que se encontraba en terrenos realmente baldíos y demostró que el apoyo oficial para colonos desposeídos era posible en la extensa Provincia del Cauca65.
Fundación por decreto de Cabal (Santa Rosa de Cabal)
Carta corográfica de la nueva Provincia del Cauca. (1843)
Signatura: CO.AGN.SMP.4,REF.76.
En el mapa corográfico de la Provincia del Cauca, elaborado en 1843, se observa el amplio espacio vacío entre Cartago y los terrenos de Antioquia y en donde el único asentamiento existente era el de Santa Rosa entre los ríos Campoalegre y San Eugenio. Precisamente, sobre este asentamiento se hizo la fundación por decreto de la población de Cabal, que quedaba equidistante entre Salamina y Cartago. De manera extemporánea se hizo la remarcación en el mapa de la palabra Cabal, fundada en 1844, para dejar consignado dicha medida del gobierno del presidente Herrán.
Carta corográfica de la nueva Provincia del Cauca. (1843) - detalle
Signatura: CO.AGN.SMP.4,REF.76.
Al adentrarse el flujo migratorio proveniente del sur de Antioquia en el territorio vacío del Cauca, los colonos eran sabedores de estar en terrenos baldíos con la esperanza de obtener su titulación legal si los explotaban. Además, reconocían la importancia de agruparse para conseguir la fundación de los pueblos, tan necesarios para su aprovisionamiento básico e intercambio comercial.
El contacto con Fermín López motivó a las autoridades caucanas a aprovechar la presencia del flujo migratorio proveniente de Antioquia por el corredor interandino del río Cauca y que empezaba a dispersarse en la región septentrional de su territorio. Estimaron prudente la conveniencia de establecer poblaciones equidistantes entre las partes pobladas de Antioquia (Salamina) y Cauca (Cartago) para así tener un mayor control territorial sobre su espacio migratorio.
Las autoridades de la gobernación de la Provincia del Cauca solicitaron al presidente de la Nueva Granada, general Pedro Alcántara Herrán66, que promulgase la fundación de esa población. En mayo de 1844, el presidente Herrán requirió un estudio previo, que fue preparado por el gobernador de la provincia Jorge Juan Hoyos y sobre el cual expidió el decreto del 28 de agosto de ese año que le concedía 12.000 fanegadas de tierras baldías a una nueva población en el cantón de Cartago que se denominaría Cabal67 -en honor al prócer caucano José María Cabal68-, localizada en las inmediaciones del río San Eugenio, y le otorgaba todos aquellos estímulos contenidos en la ya mencionada Ley del 5 de mayo de 183469.
De la tierra baldía entregada, 200 fanegadas se destinaban al área urbana de la población: edificaciones públicas y solares; la tierra restante se adjudicó a razón de hasta 60 fanegadas a los colonos y sus familias avecindados en la región, como condición para recibir el título de propiedad. Justo lo que anhelaban, tener una propiedad propia para su labranza y vivienda, sin temor a ser desalojados; en contraste a esta política pública se hallaba el interés de la Concesión Aránzazu, que solo asignó 8 fanegadas de tierra a cada familia establecida en Salamina en 1829 o bien las 10 fanegadas asignadas por la Sociedad González Salazar y Cía. en 1853.
En el mapa corográfico de la Provincia del Cauca, elaborado en 1843, se observa el amplio espacio vacío entre Cartago y los terrenos de Antioquia, en donde el único asentamiento existente era el de Santa Rosa entre los ríos Campoalegre y San Eugenio. Precisamente, sobre este asentamiento se hizo la fundación por decreto de la población de Cabal, equidistante entre Salamina y Cartago. De manera extemporánea se hizo la remarcación en el mapa de la palabra Cabal para dejar consignado esta medida del gobierno del presidente Herrán. Posteriormente y por petición de los vecinos se renombró como Santa Rosa de Cabal70 haciendo homenaje a Fermín López y a la Provincia del Cauca.
Para el caso del Camino del Quindío, el gobierno de Pedro Alcántara Herrán ordenó su construcción mediante el decreto del 15 de julio de 184271 para lo cual arbitraría recursos del tesoro nacional y del derecho nacional de caminos; utilizaría los presidios y el trabajo personal subsidiario; construiría tambos o posadas para el servicio de los transeúntes, y establecería una población en cada lado de la cordillera de los Andes (en Tolima y Cauca respectivamente).
Conflicto de límites en la aldea de María
Mapa Corográfico de la Provincia de Córdova levantado de órden del gobierno por
Agustín Codazzi, 1850. (1852)
Bogotá. Biblioteca Nacional de Colombia, Archivo General de la Nación
Registro: fmapoteca_12_fagn_12.
Mapa Corográfico de la Provincia de Córdova levantado de órden del gobierno por
Agustín Codazzi, 1850. (1852)
Bogotá. Biblioteca Nacional de Colombia, Archivo General de la Nación
Registro: fmapoteca_12_fagn_12.
La Sociedad González Salazar & Cía, se creía propietaria de las tierras al sur de Manizales al alegar que estaban en jurisdicción de Antioquia. Para ello contrataron los servicios profesionales de Agustín Codazzi para certificar que el río que cruzaba por los presuntos límites era el Manizales y no el Chinchiná; y éste era el río Claro, que corría más al sur y que cuando desembocaba en el Manizales comenzaba a llamarse Chinchiná. El mapa corográfico de la Provincia de Córdova en el Estado de Antioquia, levantado por Agustín Codazzi, señalaba esa situación geográfica.
En 1848 el presidente Tomás de Cipriano Mosquera72 asignó 12.000 fanegadas de tierras baldías para el establecimiento de una población en el límite norte con Antioquia (esta ciudad sería Manizales, fundada en 1849) en el paraje -Inmediación de Mondoñedo, ubicado en territorio del Cauca pero que la Sociedad González Salazar & Cía73 reclamó para sí alegando la localización de estos terrenos dentro de los límites de Antioquia. En su favor la Sociedad argumentó que el río que cruzaba por los presuntos límites era el Manizales y no el Chinchiná que servía de límite y el cual estaría ubicado más al sur.
Los mapas corográficos de las provincias de Córdova y Medellín levantados por Agustín Codazzi señalaban la situación geográfica que favorecía a la Sociedad; no obstante, el Cauca siguió reclamando su derecho sobre este territorio agudizando el conflicto con la fundación de la Aldea de María en 185274 justo en frente de Manizales.
Entre sucesivas decisiones de pertenencia al Cauca, finalmente el Congreso de la Nueva Granada (Ley del 11 de mayo de 1855)75 estableció que el límite entre las Provincias del Cauca y Antioquia es el río que corre al norte de la Aldea de María, desde sus vertientes en el Páramo del Ruiz hasta su confluencia en el río Cauca.
Sin embargo, Agustín Codazzi presentó su informe sobre los límites en diciembre de 1857 concluyendo que ninguno de los dos ríos que están al sur i norte de la Aldea de María reunían las condiciones de la lei de 11 de mayo de 1855, porque si se toma el que está al norte de aquella Aldea, este no sale del Páramo del Ruiz, i si tomamos el que sale del Ruiz, entonces queda al sur de la Aldea.(Gaceta Oficial 2197 de 1857).
Frente al anterior argumento el abogado de la Aldea de María, Ramón María Arana, en su Refutación al Informe del Jeneral Codazzi76(1858) ratificó la validez del acto jurídico de 1855 y adujo: “que el camino que va de Manizales a Lérida, llamado de Herveo por el Sr. Codazzi, pasa por el páramo del Ruiz; que el río que corre al N. de esta aldea i desemboca en el Cauca con el nombre de Chinchiná tiene sus vertientes en las sabanas o pampas superandinas que se llaman desde tiempo inmemorial, páramo de Ruiz; i que de consiguiente, la lei de 11 de mayo de 1855 no necesita reforma alguna, pues es clara i determina con precisión los límites de los dos Estados.”
Convención de Rionegro y política de baldíos: Palestina, San Francisco (Chinchiná), Segovia (Marsella), Pereira y Salento
Mapa del Teatro de la Guerra 1877
Signatura: CO.AGN.SMP.6,REF.78
En el recuadro se enseña la región geográfica perteneciente a la Provincia del Quindío del Estado Soberano del Cauca, delimitada entre Cartago, localizado en la ribera izquierda del Río La Vieja, y Manizales, capital de la Provincia del Sur del Estado Soberano de Antioquia. En esta región tuvieron lugar algunas de las contiendas de la Guerra iniciada en 1876. El otro propósito de este recuadro era señalar la zona en la que se estaba dando el poblamiento estatal inducido en los límites con la provincia del Quindío del Estado del Cauca.
Terrenos baldíos en el Estado del Cauca. (1859)
Signatura: CO.AGN.SMP.4, REF.711A
Para efectuar el denuncio de las tierras baldías efectivamente ocupadas por los colonos, estos debían presentar mapa de ubicación de los predios ante las autoridades gubernamentales; en este caso, las de la Provincia del Quindío, y propiamente en Cartago
Tanto la constitución que consagró la Confederación Granadina (1858-1863)77 como la convención de Rionegro que de nuevo cambió el nombre del país por Estados Unidos de Colombia (1863-1886)78, se caracterizaron por una clara tendencia liberal radical que favoreció las ideas de poblamiento inducido y en general procuró flexibilizar las condiciones para atraer la colonización de las tierras que cada Estado señalaba como objeto de entrega.
En este contexto y atraídos por la política de poblamiento del Estado del Cauca79 y el trato preferencial que brindaba a los colonos avecindados, los inmigrantes del norte comenzaron a diseminarse por la región al sur del río Chinchiná, trazando las trochas a pica y machete que consolidaron las rutas entre Manizales, María y Cabal, a la vez que manifestaron la necesidad de fundar otros pueblos, lo que en menos de diez años condujo a la aparición de Nueva Palestina80 (1855)81, San Francisco (1857, Chinchiná)82 Santa Rita de Segovia83 (1860, Marsella)84. En este último sitio se recuerda por tradición la consigna con que uno de los colonos animó a su familia: ―arreglen para que nos vamos a fundar un pueblo‖, se dice que dijo Pedro Pineda antes de salir en el periplo que terminó con la fundación de Marsella.
Este nuevo proceso migratorio recibió un refuerzo sustancial del gobierno liberal que en Decreto del 13 del 29 de abril de 186385, ordenó que el Estado Soberano del Cauca dotase de tierras baldías a los colonos que no habían sido objeto de adjudicación en las aldeas de María, Santa Rosa (Cabal), San Francisco y Palestina. La anterior acción fue reforzada por la Legislatura del Cauca al declarar que el aprovechamiento del terreno comprendido entre los ríos Otún y Chinchiná era necesario para el fomento de las nuevas poblaciones.
La migración siguió su avance hacia el sur y en 1858 se estableció una pequeña aldea86 (Villa Robledo)87 en el sitio de Cartago viejo88, cuya fundación se protocolizó en 1863 (Pereira en 1871)89. Por su parte, en la región del Quindío, prácticamente deshabitada, sólo existía el Camino del Quindío que unía a Cartago con Ibagué; los dos ramales de este camino se conectaban en el sitio conocido como El Roble para proseguir hacia Boquia, asentamiento desde 1846 en las orillas del río Quindío y reubicado a causa de las inundaciones del mismo río en un sitio más alto llamado Barsinal, el cual dio lugar a la fundación de Nueva Salento en 186590 para lo cual el gobierno dispuso el otorgamiento de 24.000 fanegadas en su política de poblamiento inducido. Ambas poblaciones, Villa Robledo (Pereira)91 y Nueva Salento, recibieron extensas adjudicaciones de tierras baldías para ser distribuidas entre los colonos, lo que contribuyó a la atracción de nuevos flujos migratorios y a la expansión de la frontera agrícola.
En el mapa se presenta la zona comprendida entre Cartago y Manizales, sitio de la contienda de la Guerra de 187792, que enseña la ubicación de las poblaciones fundadas hasta ese año en la parte septentrional de la provincia caucana del Quindío; los caminos de Occidente, Privilegio, Ruiz, Aguacatala, trayecto del camino del Quindío entre Cartago, Pereira y El Roble; la denominación precisa de los ríos Chinchiná y Claro y la demarcación de los límites con Antioquia; y la topografía montañosa.
Referencias bibliográficas
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